Autorización para invitar a personalidades públicas
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Autorización para invitar a personalidades públicas
Atiende los criterios institucionales para invitar personalidades públicas al ITESO.
Invitaciones a personalidades públicas
Para invitar a una personalidad pública al ITESO es conveniente atender los criterios que el Rector ha establecido, independientemente del tipo de ceremonia o acto público en la Universidad.[1]
Para ser invitados sólo por Rectoría o a través de la Oficina de Relaciones Institucionales, previo acuerdo con los organizadores, son:
- Presidente de la República.
- Integrantes del Gabinete del Ejecutivo Federal.
- Titulares de los poderes Legislativo o Judicial de la Federación.
- Jefes de Estado o de Gobierno de otras naciones.
- Embajadores o Cónsules Generales u Honorarios de otras naciones en México.
- Nuncio Apostólico.
- Cardenales, arzobispos u obispos de la Iglesia Católica.
- Superiores mundiales o nacionales de órdenes y congregaciones de la Iglesia Católica.
- Gobernadores.
- Titulares de los poderes Legislativo o Judicial de Jalisco y otros estados.
- Secretarios de estado.
- Miembros de las fuerzas armadas.
Para ser invitados por los organizadores, previa autorización de la Rectoría, son:
- Integrantes del gabinete del Ejecutivo Estatal.
- Alcaldes municipales del área metropolitana de Guadalajara.
- Superiores nacionales de órdenes y congregaciones de la Iglesia Católica.
- Dirigentes de cúpulas empresariales nacionales.
- Magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
- Dirigentes del Centro Empresarial de Jalisco, Consejo de Cámaras.
- Industriales de Jalisco, Cámara Nacional de Comercio de Guadalajara, y Cámara Americana de Comercio de Guadalajara.
- Rectores de universidades o de otras instituciones de educación superior.
- Presidente o directores de organizaciones internacionales, nacionales o estatales de instituciones de educación superior.
Los visitantes que pueden ser invitados por los organizadores, previa notificación por escrito a Rectoría, son:
- Senadores.
- Delegados de secretarías del gobierno federal.
- Diputados federales.
- Diputados locales.
- Magistrados de la Suprema Corte de la Nación.
- Magistrados del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco.
- Magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de Jalisco.
- Alcaldes de cualquier municipio del país, fuera del área metropolitana de Guadalajara.
- Mandatarios locales o regionales de otras naciones.
- Cónsules.
- Dirigentes de gremios empresariales no mencionados en el apartado anterior.
- Empresarios destacados.
- Dirigentes de grupos religiosos no mencionados en el apartado anterior.
- Dirigentes de asociaciones, fundaciones, organizaciones o partidos políticos.
- Candidatos formales a puestos de elección popular, para cualquier nivel de gobierno.
- Personalidades contrarias a los valores institucionales y que lo hayan manifestado públicamente.
[1] Texto aprobado y publicado por Consejo de Rectoría en el Manual de Protocolo para la realización de actividades públicas en el ITESO en septiembre de 2016.